|
Jueves, 04 de septiembre de 2008 |
|
La ministra de Igualdad hace pública la lista de médicos y juristas que asesorarán sobre la reforma legal Entre los miembros del citado Comité de Expertos, que trabajarán junto a altos cargos de los ministerios de Igualdad, Justicia y Sanidad, figuran la ginecóloga Elena Arnedo y la directora general de Responsabilidad Social Corporativa del Gobierno balear, María Durán, ex presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis. Quien no estará en el Comité de Expertos será la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI), según ha informado a Europa Press su portavoz en Madrid, Empar Pineda. Además de Arnedo y Durán, figuran, según fuentes consultadas por EL PAÍS, Javier Martínez Salmeán, jefe del Servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital Severo Ochoa de Madrid; José Luis González Cussac, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Jaime I de Castellón; Patricia Laurenzo Capello, catedrática de Derecho Penal de la Universidad de La Laguna; Consuelo Català, ex presidenta de ACAI y diputada socialista en las Cortes Valencianas; Francisco Donat Colomer, catedrático de Escuela Universitaria, departamento de Enfermería, de la Universidad de Valencia; y José María Bedoya Bergua, catedrático de Ginecología y Obstetricia de la Universidad de Sevilla. Cada vez son más las voces que reclaman una reforma de la ley del aborto. El Gobierno, que ya planteó un cambio de la ley en 1994 y 2004, se ha comprometido a realizar una "reforma vanguardista". Pero esto choca con los sectores más conservadores de la sociedad, que se aferran a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que en 1985 hablaba del nasciturus (es decir, del no nacido) como un "bien jurídico constitucionalmente protegido". Otros creen que el tiempo transcurrido y la evolución social permiten pensar que el TC defendería hoy un criterio diferente. En España el aborto está despenalizado sólo en tres supuestos: violación (hasta las 12 semanas), malformación fetal (hasta las 22) y grave riesgo para la salud física o psíquica de la madre (sin plazo). Una ley de plazos implicaría que la mujer pudiera abortar sin acogerse a ninguno de estos tres supuestos hasta una determinada semana de gestación. Algo que, para algunos sectores, chocaría con la Constitución porque, aseguran, los derechos de la mujer prevalecerían sobre los que, teóricamente, tienen los no nacidos. |
Se dice se
cuenta //// Con
firma ////
En libertad
|